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Miércoles, 03 Junio 2020 22:56

Formalizan sanciones a transportistas que incumplan con disposiciones del COE

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El Gobierno de la Provincia formalizó la ampliación del régimen sancionatorio excepcional a los transportistas y a las empresas que no cumplan con las medidas de prevención dispuestas por el COE a fin de preservar la salud de los jujeños y evitar la propagación del Covid-19creado a su vez por Decreto-Acuerdo N° 741-G-2020.

En el mismo se establecieron multas de $40.000 hasta $1.000.000 más accesoria de arresto y/o inhabilitación, cuando correspondiera, sin perjuicio de la aplicación del régimen previsto en el título 4° del Código Penal y del Código Contravencional.

Cabe consignar, que la sanción impuesta se aplicará a todo transportista jujeño, con o sin residencia habitual, o provenientes de otras provincias y a toda persona jurídica, cualquiera sea su forma, que realice transporte de carga y/o mercadería y/o pasajeros, que transgreda el presente decreto o cualquier otra disposición emanada del Poder Ejecutivo provincial y/o del Comité Operativo de Emergencia, en el marco de la emergencia sanitaria y epidemiológica vigente.

En otro orden, ratificó en todos sus términos la Resolución N° 30 de fecha 8 de abril de 2020, dictada por el COE, la cual versa sobre el régimen de bioseguridad a cumplir por los trabajadores transportistas y las obligaciones que les caben a las empresas del rubro.

Ante la obligatoriedad de cumplir con el aislamiento social preventivo y obligatorio por parte de transportistas de carga o mercadería o pasajeros, el Gobierno de la Provincia afrontará el costo emergente de la estadía y determinará conjuntamente con el COE el lugar para cumplir el mismo por el tiempo requerido.

En este sentido, se estableció que podrá realizarse el test PCR al transportista, a partir del cuarto día de cumplido el aislamiento social, preventivo y obligatorio, debiendo afrontar la empresa el 50% o mitad del costo. El restante 50%, a cargo del Estado provincial.

Por otra parte, se impone a toda empresa de transporte, cualquiera sea su figura, o transportista la obligación de cumplir de manera estricta los protocolos de higiene y bioseguridad impuestos por el COE para cuidar las condiciones sanitarias de los trabajadores y de la población.

Visto 699 veces Modificado por última vez en Miércoles, 03 Junio 2020 23:12

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